Ética - lejesterdelacorte/ispc-tpi-g22 GitHub Wiki

Preguntas a responder de el módulo Ética y Deontología para proyecto integrador:

  1. Describir cómo el grupo se conforma como instrumento legal (Empresa, Socios, CEO, Empleados) y si tendrán un contrato con que cláusulas.

El grupo que conformaremos, será una Sociedad Anónima, donde los integrantes seremos considerados socios igualitarios, cada uno aportando su capital (en este caso, sus conocimientos), mientras que el rol de CEO lo cumplirá uno de los integrantes electos, por evidencia. Las clausulas que elegimos para el contrato social entre los socios son: Denominación Social: Sharin Books S.A. Objeto Social: Crear un software de código cerrado, con el fin de buscar un rédito ecónomico o en su defecto, aprobar el módulo. Domicilio Social: Calle de mentiras 1432, Barrio Narnia. Duración: Desde el dia de la fecha, hasta el 01/08/2024. Capital Social: Monto a definir aportado por los socios. Administración: La administración de la sociedad será por el CEO y la división ecuánime de los trabajos asignados. Distribución de Utilidades y Pérdidas: Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivas participaciones en el capital social.

  1. Describir quiénes y ante quien deben matricularse a nivel provincial para ejercer la Profesión.

Los cuatro integrantes del grupo, deberán matricularse ante el Consejo Profesional de Ciencias Informáticas de Córdoba, ya que todos participarán en el proceso de producción y desarrollo del software.

  1. Si un integrante del grupo no realiza el trámite de matriculación, que pena le corresponde a nivel provincial.

La ley provincial n°7642/87 dispone en su artículo n°6 la pena correspondiente al ejercicio de las profesiones comprendidas en el artículo n°1 de la misma ley por personas que no estén inscriptas en el Consejo con su correspondiente matrícula. Este artículo indica que quienes estén en infracción serán penados con multas en dinero que oscilan entre 10 y 500 veces el valor del derecho de inscripción a la matrícula.

  1. Si un integrante del grupo divulga los datos de la base de datos interna, describir como legalmente deberían accionar los demás.

El código de ética de la ley provincial n°7642/87 dispone en su artículo n°22, inciso 5, que el secreto profesional es una obligación. Si un integrante del grupo divulga datos de la base de datos interna el resto del grupo puede accionar realizando una denuncia por escrito ante el tribunal arbitral y de disciplina del consejo profesional de ciencias informáticas de Córdoba. Este tribunal juzga según las normas del Código de Ética, las faltas cometidas por los profesionales en el ejercicio de la profesión o contra el decoro de éstos, o contra las disposiciones y jerarquías del Consejo Profesional. En tal denuncia debe constar (caso contrario el tribunal rechazará la denuncia): El nombre o nombres y datos del denunciante, la relación del hecho, la indicación del autor y partícipes, las pruebas de que se dispongan, la constitución de un domicilio especial y la firma o firmas de los denunciantes. En el artículo n°68 se especifican las posibles sanciones que el tribunal podrá aplicar. Por otra parte dependiendo de la gravedad del caso y la naturaleza de los datos divulgados, se podría iniciar una acción judicial por violación de la Ley de Protección de Datos Personales (ley n° 25.326), lo que puede conllevar sanciones civiles y penales.

  1. Si otro integrante del grupo reutiliza el código para fines personales, describir como legalmente deberían accionar los demás según la Legislación de la Provincia de Córdoba y el Código Penal Argentino.

En caso de que se reutilice el código para fines personales sin autorización, el afectado puede presentar una queja ante el Consejo Profesional de Ciencias Informáticas y emprender acciones legales tanto penales por violación de la propiedad intelectual (Ley 11.723) como civiles por daños y perjuicios.

  1. Si la base de datos es adulterada de manera externa, a nivel nacional, describir qué instrumento legal respalda a la empresa.

Ley 25.326 de Protección de Datos Personales: Esta ley protege los datos personales de los ciudadanos argentinos y establece que las bases de datos deben ser seguras y que cualquier acceso o modificación no autorizada es ilegal. La empresa puede denunciar el incidente ante la Agencia de Acceso a la Información Pública, que es la autoridad de control en esta materia.

  1. Cuando los programadores incurren en una negligencia, a qué instrumento legal se acude y a quien. En situaciones de negligencia por parte de los programadores en la provincia de Córdoba, Argentina, se deben considerar varios aspectos legales y recurrir a las instituciones correspondientes para abordar el caso de acuerdo con la normativa vigente. A continuación, se presenta una respuesta concisa basada en las leyes y regulaciones aplicables:

Ley Provincial N° 7642:

  • Regulación Profesional: Esta ley regula el ejercicio de las profesiones en Ciencias Informáticas en la Provincia de Córdoba, estableciendo normas relacionadas con la ética, la responsabilidad profesional y el ejercicio de la profesión.
  • Consejo Profesional de Ciencias Informáticas de la Provincia de Córdoba: Es el organismo encargado de velar por el cumplimiento de las normativas y la ética profesional en el ámbito de las Ciencias Informáticas en la provincia. En casos de negligencia, se puede acudir a este consejo, que cuenta con un tribunal arbitral y de disciplina para juzgar y entender los casos.

Código Penal de la Nación y Ley 26.388 (Ley de Delitos Informáticos):

  • Responsabilidad Penal: En casos graves de negligencia que involucren violaciones a la ley penal, los programadores pueden enfrentar cargos penales. La Ley de Delitos Informáticos establece penas para actividades como acceso ilegítimo a sistemas informáticos, daño informático o interceptación ilegítima de comunicaciones.
  1. Si el cliente decide reemplazar el sistema por otro proveedor, describir cómo se debe actuar de manera ética ante el cliente y los colegas.

Si un cliente decide reemplazar el sistema por otro proveedor, se debe actuar éticamente asegurando una transición fluida. Informar claramente al cliente, cumplir con todas las obligaciones contractuales pendientes y respetar la confidencialidad. Colaborar profesionalmente con el nuevo proveedor, proporcionando documentación y soporte necesarios. Devolver todos los activos del cliente y manejar cualquier disputa de manera justa. Mantener la integridad, lealtad, respeto, y actuar conforme a la Ley Provincial N° 7642 y el Código Civil y Comercial de la Nación.