6. Preguntas frecuentes ❔🤓 - NTlink/ntlink-ws-cfdi-documentation GitHub Wiki
⭐ Introducción
En esta sección encontrarás las preguntas más frecuentes respecto al CFDI Versión 4.0 publicadas por el SAT, entre otras.
:question: ¿Se debe cancelar el CFDI cuando el receptor dará un uso diferente al señalado en el campo UsoCFDI?
✅ Sí, se debe cancelar y sustituir por el CFDI que contenga la clave del UsoCFDI correcta.
:question: ¿En el CFDI versión 4.0 se pueden registrar cantidades en negativo?
✅ No, en la versión 4.0 del CFDI no aplica el uso de números negativos para ningún dato.
:question: ¿Cómo se deben reflejar los impuestos retenidos y trasladados en el CFDI versión 4.0?
✅ En la versión 4.0 del CFDI se expresan los impuestos trasladados y retenidos aplicables por cada concepto registrado en el comprobante, y se debe detallar lo siguiente:
-
Base para el cálculo del impuesto.
-
Impuesto (tipo de impuesto ISR, IVA, IEPS).
-
Tipo factor (tasa, cuota o exento).
-
Tasa o cuota (valor de la tasa o cuota que corresponda al impuesto).
-
Importe (monto del impuesto).
Se debe incluir a nivel comprobante el resumen de los impuestos trasladados por Tipo de impuesto, Tipo factor, Tasa o cuota e Importe.
Se debe incluir a nivel comprobante el resumen de los impuestos retenidos por Impuesto e Importe.
Asimismo, se debe registrar, en su caso, el Total de los Impuestos Trasladados o Retenidos
:question: ¿En qué caso los campos condicionales del CFDI son de uso obligatorio?
✅ Los campos condicionales deben informarse –son obligatorios- siempre que se registre información en algún otro campo que como resultado de las reglas de validación contenidas en el estándar técnico y precisadas en la Guía de llenado, obligue en consecuencia a que se registre información en dichos campos condicionales.
:question: ¿Cómo se deben clasificar los productos y servicios de acuerdo con el catálogo publicado por el SAT (c_ClaveProdServ)?
✅ La clasificación del catálogo se integra de acuerdo con las características comunes de los productos y servicios, y si están interrelacionados, la cual se estructura de la siguiente manera:
- División: Se identifica por el primero y segundo dígito de la clave.
- Grupo: Se identifica por el tercero y cuarto dígito de la clave.
- Clase: Se identifica por el quinto y sexto dígito de la clave.
- Producto: Se identifica por el séptimo y octavo dígito de la clave.
Un ejemplo es la clave 10101502:
División | Grupo | Clase | Mercancía o producto | Descripción |
---|---|---|---|---|
Dígitos verificadores para fines de análisis | Dígitos agrupadores para categorías de productos relacionados entre sí | Dígitos para identificar a los productos que comparten características comunes | Grupo de productos o servicios sustitutivos | Definición del producto o servicio |
10 | 10 | 15 | 02 | Perros |
Se debe registrar una clave que permita clasificar los conceptos del comprobante, los cuales se deben asociar a nivel Clase, es decir, cuando los últimos dos dígitos tengan el valor cero ”0”, no obstante, se pueden asociar a nivel Producto, siempre y cuando la clave esté registrada en el catálogo.
:question: ¿En los CFDI por anticipos se debe desglosar el IVA?
✅ Sí, se debe desglosar el IVA en las facturas que amparen anticipos cuando el bien o producto a adquirir grave IVA.
:question: El cliente se equivocó y pagó de más o indebidamente, ¿se tiene que emitir una factura?
✅ Si el cliente pagó de más o indebidamente y la cantidad que está en demasía no se va a considerar como un anticipo, se debe devolver al cliente el importe pagado de más.
En el caso, de que la cantidad pagada de más o indebidamente se tome como un anticipo, se debe emitir el CFDI de conformidad con lo establecido en el Apéndice 6, Procedimiento para la emisión de los CFDI en el caso de anticipos recibidos.
:question: ¿Cómo se deben incluir los impuestos locales en el CFDI versión 4.0?
✅ Los impuestos locales se deben registrar en el “Complemento Impuestos Locales”, publicado en el Portal del SAT.
:question: ¿El contribuyente receptor del CFDI tiene la obligación de validar a detalle las claves de producto/servicio de todas las facturas que reciba?
✅ No existe una obligación de revisarlas a detalle; la recomendación es que se verifiquen que los datos asentados sean correctos y coincidan al menos en términos generales con el bien o servicio de que se trate y la descripción que del mismo se asiente en el propio comprobante.
:question: ¿Existen validadores de CFDI versión 4.0?
✅ El validador de forma y sintaxis de los CFDI que estaba disponible en el Portal del SAT, dejó de dar servicio en mayo de 2017, toda vez que se considera que un CFDI certificado cumple con las especificaciones técnicas de estructura establecidas en el Anexo 20.
Si existe la necesidad de realizar las validaciones de forma y sintaxis a un comprobante, se debe obtener la herramienta con algún proveedor de software.
:question: ¿Cuál es el método de pago que se debe registrar en el CFDI por el valor total de la operación en el caso de pago en parcialidades o pago diferido?
✅ Se debe registrar la clave PPD (Pago en parcialidades o diferido) del catálogo c_MetodoPago publicado en el Portal del SAT.
:question: ¿Qué sucede si clasifico de manera errónea en el CFDI la clave de los productos o servicios?
✅ En caso de que se asigne "erróneamente" la clave del producto o servicio se debe reexpedir la factura para corregirlo.
Para clasificar los productos y servicios que se facturan, se debe consultar el Apéndice 3 del “Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por Internet” versión 4.0 publicada en el Portal del SAT y puede utilizarse la herramienta de clasificación publicada en el mismo Portal.
:question: ¿Cómo se deben registrar en los CFDI los conceptos exentos de impuestos?
✅ En el Nodo:Traslados se debe expresar la información detallada del impuesto, de la siguiente forma:
- Base para el cálculo del impuesto.
- Impuesto (Tipo de impuesto ISR, IVA, IEPS).
- Tipo factor (exento).
- No se deben registrar los campos TasaOCuota e Importe.
:question: En el caso de que un CFDI haya sido pagado con diversas formas de pago, ¿qué forma de pago debe registrarse en el comprobante?
✅ En el caso de aplicar más de una forma de pago en una transacción, los contribuyentes deben incluir en este campo, la clave de forma de pago con la que se liquida la mayor cantidad del pago. En caso de que se reciban distintas formas de pago con el mismo importe, el contribuyente debe registrar a su consideración, una de las formas de pago con las que se recibió el pago de la contraprestación.
:question: Si me realizan un depósito para garantizar el pago de las rentas en el caso de un contrato de arrendamiento inmobiliario, ¿se debe facturar como un anticipo dicho depósito?
✅ Si la operación de que se trata se refiere a la entrega de una cantidad por concepto de garantía o depósito, es decir, la entrega de una cantidad que garantiza la realización o cumplimiento de alguna condición, como sucede en el caso del depósito que en ocasiones se realiza por el arrendatario al arrendador para garantizar el pago de las rentas en el caso de un contrato de arrendamiento inmobiliario, no estamos ante el caso de un anticipo.
:question: ¿En qué casos se debe emitir un CFDI por un anticipo?
✅ Estaremos ante el caso de una operación en donde existe el pago de un anticipo, cuando:
• No se conoce o no se ha determinado el bien o servicio que se va a adquirir o el precio del mismo.
• No se conoce o no se ha determinado ni el bien o servicio que se va a adquirir ni el precio del mismo.
:question: Si tengo varias sucursales, pero mis sistemas de facturación se encuentran en la matriz ¿qué código postal debo registrar en el campo lugar de expedición en el CFDI?
✅ En el caso de que se emita un comprobante fiscal en una sucursal, en dicho comprobante se debe registrar el código postal de esta, independientemente de que los sistemas de facturación de la empresa se encuentren en un domicilio distinto al de la sucursal.
:question: Si solicito una factura de un gasto y tengo varias sucursales ¿qué código postal debo solicitar se registre en el campo DomicilioFiscalReceptor en el CFDI?
✅ Se debe solicitar se registre el código postal que corresponda al domicilio fiscal del receptor del comprobante, independiente si se cuenta o no con sucursales.
:question: ¿En qué apartado del CFDI se pueden expresar las penalizaciones o incumplimientos en el caso de contratos de obras públicas?
✅ Se pueden incluir en el nodo “Addenda”
:question: ¿Qué clave de unidad de medida se debe utilizar para facturar servicios?
✅ La clave de unidad de medida depende del tipo de servicio y del giro del proveedor, y esta se identifica en el catálogo c_ClaveUnidad publicado en el Portal del SAT, puede haber más de una unidad de medida aplicable a un servicio o producto, como se puede apreciar en los siguientes ejemplos:
- Un servicio de transporte terrestre puede estar clasificado por distancia (KMT), por peso transportado (KGM), por pasajero/asiento (IE – persona) o por viaje (E54).
- Un servicio de hospedaje puede estar medido por habitaciones (ROM), tiempo transcurrido (DAY), personas (IE).
- Los servicios administrativos y profesionales se pueden dar por tiempo (HUR – hora, DAY, entre otros), por actividades (ACT), por grupos atendidos (10), por tiempo-hombre (3C – mes hombre).
:question: Si a mi cliente le otorgo un descuento sobre el total de una factura después de haberla emitido ¿qué tipo de CFDI debo emitir?
✅ Se debe de emitir un CFDI de egresos.
Si el descuento lo aplican cuando se realiza la venta o prestación del servicio, en el CFDI que se emita se puede aplicar el descuento a nivel concepto.
:question: ¿Qué tipo de cambio pueden utilizar los integrantes del sistema financiero en la emisión del CFDI?
✅ Pueden utilizar en tipo de cambio FIX, del último día del mes, de la fecha de emisión o del día del corte del CFDI para operaciones en dólares de los EUA, y en el caso de monedas distintas, el que corresponda conforme a la última tabla de Equivalencias que haya sido publicada por BANXICO.
:question: ¿Cuál es la clave de forma de pago que deben utilizar los integrantes del sistema financiero para la emisión de los CFDI?
✅ La clave que deben utilizar es la “03” (Transferencia electrónica de fondos), contenida en el catálogo c_FormaPago del Anexo 20.
:question: En el campo “LugarExpedicion” del CFDI, ¿qué código postal deben de registrar los integrantes del sistema financiero?
✅ Deben registrar el código postal del domicilio fiscal de la institución financiera.
:question: ¿Cuál es la clave de unidad que deben utilizar por los servicios que prestan los integrantes del sistema financiero para la emisión de los CFDI?
✅ La clave de unidad que pueden utilizar es la “E48” (Unidad de servicio), contenida en el catálogo c_ClaveUnidad del Anexo 20.
:question: ¿Cuál es la clave de productos o servicios que deben utilizar para clasificar los servicios que prestan los integrantes del sistema financiero en la emisión de los CFDI?
✅ La clave de productos o servicios que pueden utilizar es la “84121500” (Instituciones bancarias), contenida en el catálogo c_ClaveProdServ del Anexo 20.
Lo anterior, sin menoscabo de que los integrantes del sistema financiero puedan, por la naturaleza del servicio prestado, clasificar este de manera particular.
:question: Para efectos de la emisión de CFDI a que se refiere la regla 2.7.1.18., en los casos en los cuales este deba emitirse por conceptos totalmente en ceros, los integrantes del sistema financiero en la generación de los mismos, pueden considerar lo siguiente:
✅ Los integrantes del sistema financiero, pueden ingresar un cargo con valor de un centavo o la cantidad que en su caso determinen por concepto de ”Servicios de Facturación“, con la clave de productos o servicios “84121500” (Instituciones bancarias) y con clave de unidad “E48” (Unidad de servicio) e incluir en el mismo concepto un descuento por el mismo monto.
:question: ¿Las facturas se pueden pagar con bienes o servicios?
✅ No, no existe en el catálogo la forma de pago en especie o servicios, derivado de que la persona que pretende pagar con bienes está realizando la enajenación de un bien, por lo tanto, debe emitir un CFDI de ingresos por ese bien que está enajenando, por otra parte, si la persona que pretende pagar lo realiza con la prestación de un servicio, debe emitir un CFDI por dicho servicio.
Tanto en el caso de la enajenación de bienes, como en la prestación de servicios se considera que el cliente y el proveedor son el mismo contribuyente, por lo tanto, se puede aplicar la forma de pago “17” (Compensación).
:question: ¿Qué código postal se debe registrar en el CFDI cuando este no se encuentre en el Catálogo de código postal del Anexo 20?
✅ En caso de que dentro del catálogo c_CodigoPostal, no se encuentre contenida información del código postal, se debe registrar la clave del código postal más cercano del lugar de expedición del comprobante fiscal.
:question: ¿Qué forma de pago se debe registrar en el CFDI de egresos cuando este se emita por una devolución, descuento o bonificación relacionado al CFDI de ingresos correspondiente, siempre que este último no haya sido pagado total o parcialmente?
✅ Se puede registrar la clave "15" (Condonación) del catálogo c_FormaPago publicado en el Portal del SAT.
:question: Si otorgué una bonificación mediante una tarjeta de regalo, ¿qué forma de pago debo registrar en el CFDI de egreso que ampara dicha bonificación? y, ¿qué forma de pago se debe registrar en una factura de ingreso cuando se reciba como medio de pago la tarjeta de regalo?
✅ Se debe registrar en ambos casos la clave "01" (Efectivo) del catálogo c_FormaPago publicado en el Portal del SAT.
:question: ¿Qué es un validador de factura electrónica?
✅ Son aplicaciones informáticas o sistemas que confirman el cumplimiento de la estructura y especificación técnica de un comprobante fiscal y, en algunos casos, requisitos o elementos comerciales, definidos por el receptor de un comprobante.
:question: ¿Los validadores comerciales son reconocidos por el SAT?
✅ No, la única validación de facturas electrónicas con fundamento legal y reconocimiento fiscal es la que realizan los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) exclusivamente en el ejercicio de la certificación "timbrado" que ejecutan al amparo de la autorización que el SAT les otorga.
:question: ¿Es necesario verificar en algún sistema de validación que una factura electrónica certificada (timbrada) cumple con la estructura y especificación técnica definida por el SAT?
✅ No, cuando la factura ha sido ya certificada (timbrada) por el SAT, ya sea en sus aplicaciones gratuitas de generación y certificación de facturas o a través de un PAC, se considera que cumple con la estructura técnica establecida en el Anexo 20 de la RMF vigente y por ende ha sido validada por el SAT, por lo que no requiere de ser validada nuevamente en alguna otra herramienta o validador tecnológico.
:question: ¿La validación tecnológica que se aplique a un CFDI que ya ha sido certificado (timbrado) por el SAT o alguno de sus proveedores autorizados, distinta a las realizadas con los servicios de consulta de folios que ofrece el SAT en función de lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 29 del CFF y la regla 2.7.1.4 de la RMF vigente, tiene validez fiscal?
✅ La única validación tecnológica de una factura electrónica reconocida por el SAT, es la que el propio SAT realiza directamente cuando la factura se generó en sus aplicaciones tecnológicas o cuando esta fue certificada (timbrada) por un PAC, cualquier otra validación tecnológica que un contribuyente haga a una factura, no tiene validez ante el SAT.
:question: ¿El SAT reconoce o autoriza algún servicio, herramienta o sistema de validación de facturas electrónicas ofrecido por terceros ajenos al propio SAT?
✅ No, la única validación de facturas electrónicas con fundamento legal y reconocimiento fiscal es la que realizan los Proveedores Autorizados de Certificación de CFDI (PAC), de esta forma cuando el PAC asigna a este comprobante el sello digital del SAT, es decir lo "timbra", se está validando el comprobante por el propio SAT a través del PAC, por lo cual los contribuyentes que hagan uso del mismo solo requieren verificar que el comprobante está efectivamente sellado digitalmente por el SAT, esto a través de alguna de las herramientas que ofrece el propio SAT, si efectivamente esta “timbrado” por el SAT, el citado comprobante es válido y no requiere de mayor validación tecnológica.
:question: El sistema de cómputo con el que genero mis CFDI, registra importes con más de dos decimales por cada partida de la factura y con dos decimales en la parte de totales. ¿Es válido generar comprobantes con diferente número de decimales en las partidas y en los totales?
✅ Sí es correcto; por cada concepto de la factura se puede utilizar de cero hasta seis decimales como máximo y en los totales se debe redondear al final del cálculo el resultado al número de decimales que soporta la moneda.
Ejemplo:
Se emite una factura con moneda mexicana (MXN) con las siguientes partidas donde base y tasa o cuota tienen cuatro decimales.
Conceptos | Base | Tasa o cuota | Monto del impuesto |
---|---|---|---|
Servicio 1 | 1.1100 | 0.1600 | 0.1776 |
Servicio 2 | 1.1100 | 0.1600 | 0.1776 |
Servicio 3 | 1.1100 | 0.1600 | 0.1776 |
Servicio 4 | 1.1100 | 0.1600 | 0.1776 |
Totales | 4.4400 | 0.7104 |
El monto del impuesto se calcula también con cuatro decimales; al obtener el total del impuesto sumando las cuatro partidas se obtiene 0.7104; al redondear al final del cálculo el resultado al número de decimales que soporta la moneda, en este caso son dos decimales, se llega a 0.71.
De esta manera los comprobantes son validados y timbrados sin problema por el PAC.
:question: El sistema de cómputo con el que genero mis CFDI, “completa” a los seis decimales permitidos campos como: Cantidad, Valor Unitario, Importe (monto del impuesto), Descuento, Base; ¿es necesario rellenar de ceros a la derecha en la parte fraccionaria, para completar los seis decimales? ¿es válido omitir los ceros no significativos?
✅ La validación del PAC para cada uno de los campos a reportar en el CFDI debe de cumplir con que el número de decimales reportados sea menor o igual al número de decimales especificados en el “Estándar del Anexo 20 y sus complementos”. Esto permite rellenar de ceros a la derecha en la parte fraccionaria para completar los seis decimales y también permite el omitir los ceros no significativos; ambos criterios son aceptados.
Ejemplo:
Valor en el sistema de la empresa | Valor válido en el CFDI |
---|---|
$ 0.19 | $ 0.19 |
$ 1.4567 | $ 1.4567 |
$ 3.4567288 | $ 3.456729 |
Es importante ser consistentes al realizar las operaciones aritméticas con el mismo número de decimales que hayan definido para los campos del tipo importe.
:question: ¿En general cuáles son las recomendaciones que sugiere el SAT, para evitar un rechazo en la factura con respecto al tema de decimales?
✅ Para evitar un rechazo de la factura se sugiere:
- Para los cálculos considerar el máximo número de decimales que permita el sistema que utilizan las empresas para generar su factura (hasta seis decimales como máximo).
- Los campos que permiten hasta seis decimales son los del tipo t_Importe, por ejemplo: Cantidad, Valor Unitario, Importe (resultado de multiplicar cantidad por Valor Unitario), Descuento, Base, Importe a nivel de impuestos.
- Ser consistentes al realizar las operaciones aritméticas con el mismo número de decimales que hayan definido para los campos del tipo importe del punto anterior.
- Redondear al final del cálculo y no antes, el resultado al número de decimales que soporta la moneda.
- En el caso del Importe de los Conceptos, el redondeo aplica en el campo SubTotal del comprobante.
- En el caso de los Descuentos de los Conceptos, el redondeo aplica en el campo Descuento del comprobante.
- En el caso de los Impuestos de los Conceptos, el redondeo aplica en el resumen de Impuestos, en los campos Importe de los nodos Retenciones y Traslados (donde deben agruparse por Impuesto, TipoFactor y TasaOCuota).
:question: El sistema de cómputo con el que genero mis CFDI utiliza dos decimales en el campo de TasaOCuota ¿es válido utilizar sólo dos decimales o se deben de reportar seis decimales?
✅ Lo correcto es que el valor registrado debe corresponder a un valor, fijo o de rango respectivamente, del catálogo c_TasaOCuota. Se deben usar seis decimales de conformidad con dicho catálogo.
:question: En las validaciones para determinar el rango de los campos numéricos con límites ¿es correcto que el límite inferior sea igual al límite superior?
✅ No es correcto; si el límite inferior es igual al superior; seguramente se está aplicando mal el cálculo.
Ejemplo:
CONCEPTOS | BASE | TASA | MONTO IMPUESTO | LIMITE INFERIOR | LIMITE SUPERIOR |
---|---|---|---|---|---|
Servicio 1 | 1,408,791.59 | 0.16 | 236,926.65 | 236,926.65 | 236,926.66 |
Servicio 2 | 1,454,021.93 | 0.16 | 232,643.51 | 232,643.50 | 232,643.51 |
Servicio 3 | 1,343,559.33 | 0.16 | 214,969.49 | 214,969.49 | 214,969.49 |
En el ejemplo anterior en el límite superior se realizó un redondeo aritmético, siendo que se debe redondear hacia arriba.
En resumen, lo correcto es:
- El resultado de calcular el límite inferior truncarlo con el máximo número de decimales que permita el sistema (hasta seis decimales como máximo).
- El resultado de calcular el límite superior redondearlo hacia arriba con el máximo número de decimales que permita el sistema (hasta 6 decimales como máximo).
Ejemplo: moneda MXN, decimales dos, importe 924.224956
- Truncado del importe a dos decimales: 924.22
- Redondeado del importe hacia arriba: 924.23
:question: Cuando se deba emitir un CFDI que sustituye a otro CFDI, ¿qué debo hacer?
✅ Se debe actuar en este orden:
-
Se debe emitir el comprobante que contiene los datos correctos, registrar la clave “04” (Sustitución de los CFDI previos) y relacionar el folio fiscal del comprobante que se sustituye.
-
Al registrar la solicitud de cancelación se debe seleccionar la opción "01" (Comprobante emitido con errores con relación) e incluir el folio fiscal del comprobante emitido en el paso 1.
-
Al enviar la solicitud de cancelación se validará si se requiere la aceptación del receptor para llevar a cabo la cancelación.
Preguntas y soporte
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Usted puede enviar un correo a [email protected], con sus dudas, preguntas o en caso de encontrar algún error puede notificarlo al mismo medio
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Preguntas Frecuentes CFDI 4.0
¿COMO ME REGISTRO EN NTLINK PARA GENERAR FACTURAS?
Al ingresar a la página inicial de NTLINK, en la parte superior derecha encontrarás la opción ACCESOS, al dar clic en ella se desplegará un menú en el cual podrás acceder al portal gratuito, donde verás un botón con la opción “Registrarse”, deberás dar clic y llenar los campos que pide el formulario de alta, así como cargar tus archivos CER y KEY para comenzar a facturar.
¿COMO COMENZAR A ELABORAR MI FACTURA?
Al ingresar a la página inicial de NTLINK, en la parte superior derecha encontrarás la opción ACCESOS, al dar clic en ella se desplegará un menú en el cual podrás acceder a los portales gratuito, CFDI y nómina, así como al blog de NTLINK, si ya eres un usuario registrado en nuestro portal de CFDI deberás dar clic en esa opción o bien, si eres un nuevo cliente y no te haz registrado, puedes usar nuestro portal gratuito, donde podrás emitir hasta 5 facturas gratis.
¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE EL PORTAL GRATUITO Y PORTAL DE PAGO?
Nuestro portal gratuito te servirá para tener acceso de manera interactiva el portal de NTLINK donde se te brindan 5 timbres gratuitos para que puedas conocer todas las bondades que te ofrece nuestro sistema durante la generación de tus comprobantes fiscales, en nuestro portal de pago podrás activar y usar los diferentes complementos, adendas y opciones extras que te ayudarán a simplificar tus procesos con la compra de los timbres que se adapten a tus necesidades de emisión.
¿QUÉ ES UN CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL (CSD)?
Un Certificado de Sello Digital (CSD) es un archivo electrónico emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México, que permite a los contribuyentes firmar digitalmente sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
El CSD consta de:
+ Archivo .CER (Certificado)
+ Archivo .KEY (Clave privada)
+ Contraseña de la clave privada
Y se diferencia de la FIEL en que el CSD solo se usa para firmar facturas electrónicas y la FIEL se usa para diversos trámites ante el SAT.
¿CÓMO PUEDO VER LOS CFDI QUE HE GENERADO?
Al ingresar el portal de facturación verás un panel lateral izquierdo, en el cuál se encuentra la opción “Reportes” y al dar clic se despliega un menú, donde deberás selecciona la opción “Reporte CFDI”, una vez que ingreses la información requerida en el filtro de búsqueda obtendrás el reporte según tus necesidades.
¿LOS “USOS DEL CFDI” CAMBIARON EN LA VERSIÓN 4.0 DE CFDI?
Si, algunos “Usos del CFDI” fueron modificados por lo que debe validar con su cliente qué tipo de uso corresponde a su régimen.
QUE CLAVE SAT DEBO USAR?
Esta información es acorde al producto a facturar, en caso de no conocerla o tener duda, pueden consultar el catálogo del SAT: http://pys.sat.gob.mx/PyS/catPyS.aspx
¿CÓMO PUEDO AGREGAR, EDITAR O VER MIS CLIENTES/EMPRESAS REGISTRADOS?
Al ingresar el portal de facturación verás un panel lateral izquierdo, en el cuál se encuentran las opciones “Empresas” y “Clientes” al dar clic verás toda la información previamente capturada y podrás editar, agregar o consultar empresas y clientes.
¿CÓMO SE REGISTRA LA RAZÓN SOCIAL DEL RECEPTOR Y EMISOR?
A partir de la versión 4.0 de CFDI es necesario eliminar el nombre la sociedad mercantil como SA DE CV., S DE RL, AC, Etc. El nombre se debe registrar en mayúsculas, sin acentos y verificar que no tenga un espacio al inicio o al final para evitar errores al generar las facturas.
¿POR QUÉ ARROJA ERROR EN EL DOMICILIO DEL CLIENTE Y/O EMISOR?
Se debe registrar el código postal actualizado de la razón social, esta información se debe verificar en la constancia de situación fiscal, por lo que en caso de presentar algún error, se deberá consultar dicha constancia actualizada.
¿ES OBLIGATORIO REGISTRAR EL RÉGIMEN FISCAL DEL CLIENTE?
Si, el Régimen Fiscal es un dato obligatorio en la versión 4.0 para poder timbrar su factura, esta información se encuentra descrita en la segunda página de la constancia de situación fiscal.
¿CÓMO VERIFICO SI MI FACTURO SE TIMBRO CORRECTAMENTE?
Una vez generada tu factura, puedes consultarla a través de la página de verificación del SAT, a través del siguiente enlace: https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/
POR ERROR GENERÉ UNA FACTURA ERRÓNEA, ¿LA PUEDO CORREGIR?
Una vez timbrada la factura no se puede modificar, por lo que esta deberá ser cancelada.
Le recomendamos revisar previamente los tipos de cancelaciones existentes.
¿QUÉ INFORMACIÓN BÁSICA DEBO USAR PARA EMITIR UNA FACTURA A PÚBLICO EN GENERAL?
- RFC GENÉRICO: XAXX010101000
- RAZÓN SOCIAL: Público en general (con acento y en minúsculas)
- RÉGIMEN FISCAL: SIN OBLIGACIONES FISCALES
- USO DEL CFDI: SIN EFECTOS FISCALES
¿QUÉ ES EL OBJETO DE IMPUESTOS?
Se debe indicar si aplica el desglose de impuestos, cuenta con 3 claves y se clasifican de la siguiente manera:
- NO OBJETO DE IMPUESTO: No aplica en la operación ningún impuesto.
- SI OBJETO DE IMPUESTO: Aplica cualquier impuesto incluso el 0%
- SI OBJETO DEL IMPUESTO Y NO OBLIGADO AL DESGLOSE: La operación aplica impuesto, pero existe la posibilidad de que no este
- SI OBJETO DEL IMPUESTO, IVA CRÉDITO POBEDI: Significa que el IVA acreditable está calculado bajo este esquema de estímulo fiscal. Esto aplica si tu empresa o proveedor está dentro de la Zona de Estímulo Fronterizo Norte o Sur y cumple con los requisitos del decreto.
- SI OBJETO DEL IMPUESTO Y NO CAUSA IMPUESTO: Esta clave será utilizada principalmente por las entidades del sistema financiero debido a que un ejemplo son los intereses reales que se obtiene conforme al procedimiento descrito en el artículo 18-A, tercer párrafo, fracción I, inciso b) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
¿Como obtengo acceso a producción?
Comunícate con nuestro equipo de soporte a través de cualquier medio de comunicación de este enalace